Como requisito básico: Las familias deben cumplir con los requisitos de protección que los menores necesitan, sabiendo que son el ejemplo a seguir por éstos y el modelo de actuación que imitarán en el desarrollo de su autonomía como peatones y futuros conductores. Solo con acercarnos a un centro en las horas de entrada y salida podemos observar la cantidad de infracciones que se cometen.
Por parte de los responsables de la ordenación viaria y movilidad, el trabajo colaborativo con el resto de agentes implicados (familia y escuela) debe establecer las bases para crear estos entornos bajo los criterios preventivos que éstos requieren y que deberían considerar los siguientes conceptos:
1. Vía de circulación: lo ideal es que sea peatonal o como mucha vía 30 (reduciendo el riesgo de accidente y la gravedad de la lesión en caso de producirse), de un solo sentido, ofreciendo mayor protagonismo a los peatones, evitando el tráfico de paso y reduciendo el número de automóviles que soporta la zona.
2. Señalización: los accesos al centro educativo deben informar a los conductores mediante señalización vertical y/o marcados viales de superficie, que se encuentran próximos a zona frecuentada por menores, de forma que extremen las medidas de precaución y reduzcan la visibilidad.
3. Semáforos: la regulación en tiempo variable, facilita la movilidad peatonal en momentos de máxima aglomeración (entradas y salidas), así como circulación rodada en el resto de tiempo. En el caso de existir cruces amplios, éstos deben contar con refugios peatonales para albergar a varias personas.
4. Reductores de velocidad: instalados previamente a los cruces de peatones, se consigue una desaceleración antes de la llegada al mismo (Muy importante es la labor educativa de las familias, al no cruzar entre automóviles o por sitios no establecidos).
5. Pasos de peatones: elevados o con rebajes en las aceras, cumpliendo con la accesibilidad del espacio, deberían derivar lo más próximo a la puerta de acceso del centro educativo.
6. Aceras y calzada: el estado de conservación debe ser óptimo, evitando caídas a menores con habilidades motrices en desarrollo. La anchura de las mismas debe establecerse en función de la aglomeración de personas, niñ@s y sillas de bebés, siendo lo suficientemente amplias para albergarlas.
7. Mobiliario urbano: la ubicación y distribución del mismo no debe suponer en ningún caso la obstaculización visual de peatones y conductores, de la misma forma no obstruirá los pasos de cruce o la reducción de las aceras.
8. Estacionamiento: en centros destinados a la primera infancia, se debe tener en cuenta la necesidad de estos menores a ir en dispositivo de retención infantil adecuado a su peso y talla y la necesidad de las familias a disponer de un espacio donde poder sujetar a los niñ@s a estos dispositivos de forma tranquila, por lo que deben existir zonas de estacionamiento con limitación horaria para esta función. Sobre el tipo de estacionamiento, se recomienda los denominados en línea, evitando los de batería (por invasión de calzada ante un despiste o imprudencia). Así mismo los aparcamientos situados en las zonas de acceso principal o cercanos al centro deben disponer de elementos de seguridad como espejos de visualización panorámica para evitar atropellos involuntarios al salir de dichos espacios.
9. Vallas de protección y canalización de personas: éstas deberían rodear todo el perímetro del centro educativo, estudiando la ubicación de los espacios abiertos en aquellos puntos donde se canalice a los peatones a los cruces establecidos para ello, el resto de vallado (con elementos de seguridad), debe proteger a los menores de salidas sin control.
10. Transporte público y/o escolar: llegados a este punto, y como base inicial de este artículo, el transporte escolar debe cumplir con los requisitos de seguridad, que aun no siendo de obligado cumplimiento, ofrezca los beneficios de control y separe de forma clara los espacios destinados a vehículos de los de los peatones. Otros conceptos de seguridad relativos son:
a. Los autobuses escolares deben contar con SRI adecuados a los menores que lo utilizan.
b. Disponer de un estacionamiento propio y exclusivo, con visibilidad clara y donde no coincidan con peatones.
c. Las maniobras no se pueden ejercer hasta que los menores estén ubicados dentro del centro o del autobús
d. Utilizar sistemas de control y localización de menores que aseguren la ubicación de los mismos, evitando la marcha si falta algún niñ@ por subir o que se quede en el interior cuando ha finalizado el servicio.
e. Conocer los medios materiales y procedimientos de actuación de seguridad en caso de accidente. Realización de ejercicios donde todos los agentes se impliquen y sepan cual es su función.
En definitiva, la regulación de los entornos viales es vital para la prevención de accidentes, y es una responsabilidad compartida:
—Por un lado, por parte de las administraciones y responsables de los centros, colaborando para conseguir espacios adaptados bajo los parámetros de prevención, recomendando incluir la vigilancia en aquellos puntos más críticos. Una ordenación que se debe basar en la protección de los usuarios más vulnerables (niñ@s) según sus necesidades y características, con el beneficio para toda la población que ello supone.
—Por otro, los adultos somos responsables de su control y educación continúa, la sociedad en general fomenta y valora las clases de educación vial que los menores reciben en su etapa educativa, y que incluyen valores como el respeto, la convivencia y la conciencia social. Todos conocemos las normas establecidas y pocos las cumplimos, de forma inconsciente nuestras prioridades se encaminan más hacia objetivos personales que hacia los educativos (educación, respeto, cumplimiento de normas). Debemos ser conscientes de que aquello que los adultos decimos y enseñamos (modelo a seguir) debe alinearse con lo que hacemos (coherencia de criterios), para llegar a conseguir la cultura preventiva que se persigue.