martes, 21 de mayo de 2013

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport Consellería de Educación, Cultura y Deporte



RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2013, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la autorización al centro privado de Educación Primaria y Secundaria San Antonio de Padua de Carcaixent. [2013/4955]


El expediente ha sido iniciado a instancia del representante de la titularidad del centro privado de Educación Primaria y Secundaria San  Antonio de Padua de Carcaixent, número de código 46002659, que solicita la autorización de una unidad de educación especial (apoyo a la integración para Educación Infantil y Primaria).


La Dirección General de Ordenación y Centros Docentes informó  favorablemente, el 30 de abril de 2012, sobre la adecuación de las instalaciones propuestas, en cuanto a espacios educativos, a lo dispuesto  en la normativa aplicable.

El expediente ha sido tramitado por la dirección territorial competente en materia educativa, e incluye el informe favorable de la Unidad Técnica de Construcciones y el compromiso, por parte del centro, de aportar la relación de profesorado y titulaciones respectivas antes del inicio de las actividades educativas correspondientes, de conformidad  con la normativa aplicable.

Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE 04.07.1985), reguladora del derecho a la educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE 04.05.2006), de Educación; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE 12.03.2010), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria, y el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE 09.04.1992), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE 12.03.2010).

Vista la propuesta del director general de Centros y Personal Docente,  de fecha 3 de mayo de 2013, y de conformidad con la misma, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el artículo 4 del Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y en virtud de la delegación establecida en la Resolución de 26 de marzo de 2013, resuelvo:
Primero
Modificar la autorización del centro que a continuación se indica en los términos que se especifican:
Denominación genérica del centro: centro privado de Educación Primaria y Secundaria.
Denominación específica del centro: San Antonio de Padua.
Titular: Congregación Padres Franciscanos.
Domicilio: calle de Santa Ana, núm.2.
Localidad: Carcaixent (46740).
Provincia: Valencia.
Código: 46002659.
Modificación que se autoriza:
Autorización de una unidad de educación especial (apoyo a la integración para Educación Infantil y Primaria), de manera que el centro queda configurado, en su totalidad, con la siguiente composición:
6 unidades de Educación Primaria, con 150 puestos escolares
8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, con 240 puestos escolares
4 unidades de Bachillerato, con 113 puestos escolares, en las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales (código de la enseñanza: 05040000100) y Ciencias y Tecnología (código de la enseñanza: 05069000100).
1 unidad de educación especial (apoyo a la integración para Educación Infantil y Primaria), con 15 puestos escolares.
1 unidad de educación especial (apoyo a la integración para Educación
Secundaria), con 15 puestos escolares.

Segundo

El centro deberá completar la relación del profesorado y las titulaciones adecuadas a las enseñanzas que se autorizan, ante la dirección territorial   correspondiente, para su aprobación antes del inicio de las actividades educativas, previo informe favorable de la Inspección Educativa.

Tercero

En lo relativo a la modificación de convenios o conciertos educativos suscritos con el centro, se estará a lo dispuesto en el artículo 35 de la Orden 7/2013, de 30 de enero, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el procedimiento a seguir por los centros docentes de la Comunitat Valenciana para solicitar el acceso al régimen de convenios o conciertos educativos, su renovación, su prórroga, o la modificación de los mismos y se aprueban los modelos de documentos administrativos en los que se han de formalizar los citados convenios o conciertos (DOCV 6955, 31.01.2013).

Cuarto

La presente autorización dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

Quinto

La presente resolución tendrá efectos desde la fecha en que se dicta, no obstante, sus efectos académicos se entienden referidos al próximo curso escolar.

De conformidad con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, 27.11.1992), y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa (BOE 167, 14.07.1998), contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso administrativo en los  plazos y ante los órganos que se indican a continuación:
a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera  de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde   el día siguiente al de su notificación.
b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Para los interesados que no sean objeto de notificación, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 3 de mayo de 2013.–

La consellera de Educación, Cultura y Deporte, p. d. (R 26.03.2013, DOCV 6993, 28.03.2013), el secretario autonómico de Educación y Formación: Rafael Carbonell Peris.

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